Cuando un técnico, profesional y especializado, acude a una edificio para realizar un análisis y control de la situación del estado del mismo realizará un informe de inspección técnica donde indique si el edificio es apto o no para vivir, y las medidas que se deben tomar al respecto. En el caso de que el dictamen sea favorable no habrá que preocuparse por nada, el problema vendrá cuando el dictamen se desfavorable.
En este último caso, si el edifico está afectado negativamente en una o varias zonas pudiendo ser peligroso y poner en riesgo la salud y vida de las personas, habrá que tomar algunas medidas al respecto. En dicho informe aparecerá infinidad de información como la descripción y localización de las deficiencias y desperfectos, las posibles causas, las medidas de seguridad que se deben tomar de forma inmediata para garantizar la seguridad de los habitantes del edifico y de terceras personas, obras y trabajos recomendados para poner solución al problema/s, ejecución y efectividad de las medidas adoptadas, y obras llevadas a cabo para solucionar las deficiencias del edificio.
Cuando se realiza una inspección y el informe es negativo debe presentarse al Ayuntamiento, y los propietarios del edificio deberán solicitar la licencia municipal que corresponda para llevar a cabo las obras de subsanación que se precisen. Es importante informarse, ya que existen algunos municipios en los cuales los propietarios del inmueble se podrán beneficiar de subvenciones para realizar las obras del edificio y corregir todas aquellas deficiencias que presente el mismo.
Por norma general, estas subvenciones pueden oscilar entre el 10% y el 30% del presupuesto, según la situación concreta de cada caso. En el supuesto de que dichas obras no se llevasen a cabo, el Ayuntamiento podrá ordenar que se ejecute la sustitutoria de las mismas, lo cual implica un coste mucho más elevado en comparación al coste que supone una ejecución que sea ordinaria.